💬 La Ley N° 18.795 promueve la inversión privada en Viviendas de Interés Social a partir del otorgamiento de exoneraciones tributarias. El 16 de abril de 2020 el Presidente de la República actuando en Consejo de Ministros firmó un decreto que establece modificaciones a la ley nº 18.795.

💬 Sus Beneficios son:

✔ Facilita el acceso a viviendas a sectores de ingresos medios y medios bajos, a través de la compra o el alquiler.

✔ Establece beneficios tributarios a los proyectos que se declaren promovidos bajo esta ley, y así estimular la construcción de viviendas para sectores bajos y medios de la población.

✔ Estimula no solo proyectos de construcción, sino también de reciclaje, ampliación y refacción de viviendas de acuerdo al área habitable, ya sean mono ambientes, de 1 o más dormitorios según la ley No. 13728,

✔ Promueve los proyectos de construcción y/o refacción de un mínimo de 2 viviendas, o en caso de reciclaje, aquellos que propongan al menos una vivienda adicional.

✔ El documento también prevé beneficios tributarios para quienes adquieren la vivienda, con exoneraciones de IVA, IRAE, IRPF (ver decreto). En este marco, los beneficios aplicados a los arrendamientos solo se aplicarán si el inmueble se utiliza como vivienda permanente.

En resumen esta Ley beneficia a todos los integrantes del mercado: el que invierte, el que compra y el que alquila.